Test diagnóstico para embarazadas ley Nacional 25543

En el artículo 1 se ofrece la obligatoriedad de ofrecimiento para realizarse el test como prevención. El artículo 3 es el más importante; se requerirá el consentimiento expreso y previamente informado de las encabezadas. Tanto el CONSENTIMIENTO COMO LA NEGATIVA A REALIZARSE EL TEST DEBERÁ FIGURAR POR ESCRITO CON LA FIRMA DEL PACIENTE Y DEL MÉDICO TRATANTE. No pueden obligar a ningún paciente a realizarse el test, no deben dejar que se lo realicen sin su consentimiento. N0 deben dejar que los amenacen e inmediatamente se resguardan con la aplicabilidad de esta ley Nacional y su artículo número 3. La finalidad de esta publicación es prevenir todo infierno provocado por no tener la información necesaria. Resguardarse siempre en las leyes. Saludos desde Argentina.

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