Se trata de una mujer que al parecer fue contactada para trabajar como enfermera en un centro médico privado y, se entiende que como condición previa para ese trabajo, se la sometió a un test de VIH.

Como un mes más tarde, violando la privacidad, se le comunica que no iban a contratarla y que su análisis había resultado positivo al test de VIH, sin esperar a un “test de confirmación”.

Por su cuenta la mujer se hizo unos análisis los cuales desmintieron el resultado, planteando la correspondiente demanda, teniendo que ser indemnizada por el error en el diagnóstico y violación de la privacidad.

 

Fuente: http://www.larazon.com.ar/actualidad/dijeron-HIV-preocupacional-deberan-indemnizarla_0_573000187.html

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Reproducimos la noticia aparecida en el diario La Razón el 27 de mayo de 2014:

Le dijeron que tenía HIV en un examen pre-ocupacional y deberán indemnizarla

LO RESOLVIO LA CAMARA CIVIL

27 MAY 2014 | 18:31 Erróneamente y sin respetar los estándares de privacidad, le avisaron que su estudio de SIDA había dado positivo y que no iban a contratarla. Sin embargo, la mujer se hizo analisis por su cuenta y desmintió el resultado. Tendrán que pagarle 85 mil pesos.

La Cámara Civil condenó a una médica a indemnizar con 85 mil pesos a una paciente a la que le informó erróneamente y sin respetar los estándares de privacidad que sus estudios de SIDA habían dado positivo.

“Fue anoticiada telefónicamente del resultado omitiéndose el carácter confidencial y la asistencia médica exigida en estas circunstancias, a mas de hacer saber de la posibilidad de falsos positivos y la necesidad de realizar estudios confirmatorios”, reprocharon los camaristas Carlos Domínguez y Oscar Ameal.

“La llamada telefónica debió limitarse a concertar una entrevista con la actora, haciéndole saber que ya se tenían los resultados a entregar personalmente”, añadieron.

El 5 de febrero de 2003, la víctima del error “fue contactada para ingresar como enfermera” en un centro médico privado, y el 12 de marzo, “encontrándose en su casa junto a una amiga. P., recibe un llamado telefónico informándole que del análisis efectuado resultaba ser portadora de HIV y no sería contratada”.

Pero un nuevo estudio, que la mujer realizó por su cuenta, arrojó ?resultado negativo, que también fue reconfirmado con otro subsiguiente”.

Según se desprende del fallo, el error “se debió a un 'falso positivo' de conformidad a las pruebas cumplidas y allí citadas”.

“Debe tenerse por acreditado que, efectuado los análisis de laboratorio pertinentes y ordenados por la demandada como examen preocupacional, la actora fue anoticiada telefónicamente del resultado omitiéndose el carácter confidencial y la asistencia médica exigida en estas circunstancias, a mas de hacer saber de la posibilidad de falsos positivos y la necesidad de realizar estudios confirmatorios”, resumieron los camaristas.

 

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